| IV.- La calendarización de las reuniones públicas de los diversos consejos, órganos colegiados, comités, fideicomisos, organismos descentralizados, gabinetes, cabildos, sesiones plenarias, comisiones legislativas y sesiones de trabajo a que se convoquen. Para las reuniones y sesiones ya celebradas, se deberán difundir, en un plazo no mayor a 30 días naturales posteriores a su realización, las correspondientes minutas o actas de dichas reuniones y sesiones, así como las listas de asistencia de sus integrantes; Responsable de generar la información: (Dirección Política)(Direccion de Adquisiciones). Responsable de publicar la información: (Direccion de Transparencia y Normatividad adscrito a la Secretaría de Contraloría). |
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